domingo, 30 de mayo de 2010

Si no pasas la ITV ya no te retiran el permiso de circulación



Desde la entrada en vigor de la nueva Ley de Seguridad Vial, ya no se hara efectiva la retirada del permiso de circulación, por no haber pasado la ITV en su momento, o por haber obtenido un resultado negativo.


Hasta el momento todo aquel vehículo que circulase por las carreteras españolas sin llevar al día las inspecciones técnicas obligatorias (ITV) y fuese parado, en cualquier situación o circunstancia por las autoridades, además de acarrear consigo una cuantiosa multa, se le efectuaba la retirada del permiso de circulación, hasta que se hiciese efectiva la actualización del estado del vehículo.

La entrega del permiso de circulación, al igual que la entrega de la tarjeta de inspecciones técnicas, es uno de los requisitos que muchos desguaces autorizados solicitan para poder gestionar la baja del vehículo en la Dirección General de Tráfico, así mismo cuando el cliente se encontraba en la situación de habérsele retirado el permiso de circulación por llevar caducada la ITV, debía de hacer entrega del volante proporcionado por las autoridades y que permitía la circulación del vehículo durante diez días con el fin de que pasase la revisión pendiente en ese plazo.

Finalmente y para evitar demoras con la devolución del permiso se ha tomado la medida de dejar de retirar los permisos de circulación a los conductores de vehiculos que se desplacen en su coche con la ITV pasada, aunque se seguirá haciendo entrega del volante que advertirá que en caso de agotar el plazo estipulado para que el vehículo pase el examen, el mismo será precintado, y no nos libraremos de estar castigados con una multa de 150 euros. Hay que tener en cuenta que muchas veces en los coches de más de 10 años, éste es uno de los motivos por los que el usuario decide dar de baja el vehículo, ya que le cuesta más ponerlo al día que el valor que realmente tiene el coche.


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