miércoles, 11 de agosto de 2010

Publicidad encubierta de los medicamentos


La Organización de Consumidores y Usuarios ha denunciado ante el Ministerio de Sanidad y Política Social las campañas de "promoción" de síntomas de determinadas enfermedades que, a juicio de OCU, suponen una forma de publicidad encubierta de medicamentos. 


La publicidad de los medicamentos de prescripción está prohibida en España, al igual que en el resto de Europa (Directiva 2001/83/CE), por considerarse que estos no están exentos de riesgos y que deben ser prescritos por un profesional como respuesta a un problema concreto de salud.

La OCU considera que, haciendo publicidad de los síntomas de una determinada enfermedad, se está vulnerando la prohibición de hacer publicidad del medicamento indicado para esa enfermedad, chocando además radicalmente con el principio del uso racional del medicamento.

Ejemplos evidentes de estas prácticas usadas por la industria farmacéutica son los anuncios que exageran la prevalencia y los síntomas de la disfunción eréctil, en los que, sin citar el medicamento, la publicidad remite a páginas webs y teléfonos de información en donde, de forma más directa, se habla de medicamentos concretos para esa dolencia. Por ello, la OCU considera que es necesario que se desarrolle una normativa más clara y precisa que impida la realización de promociones encubiertas de los medicamentos.
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